
En México, el acceso a la justicia no sólo depende de lo que resuelvan los jueces, sino de cuándo lo hagan. Esta semana, la organización Adax Digitales A.C. presentó una queja administrativa contra el magistrado federal Aloys Rütter Castro, al considerar que ha incumplido el plazo legal para resolver el recurso de revisión relacionado con el amparo que declaró inconstitucionales diversos artículos del Código Penal de Querétaro que criminalizan el aborto. La discusión ya no es únicamente sobre aborto; ahora también es sobre el funcionamiento del Poder Judicial.
Los datos son claros. El recurso de revisión fue admitido el 10 de mayo de 2024 y, de acuerdo con la Ley de Amparo, una vez agotadas las etapas procesales, la sentencia debe emitirse en un plazo máximo de 90 días. Sin embargo, más de dos años después, la resolución sigue pendiente. Incluso, Adax solicitó formalmente en febrero de este año que se dictara sentencia y, según la organización, nunca obtuvo respuesta.
El contexto es relevante. En abril de 2024, un Juzgado de Distrito concedió el amparo y ordenó al Congreso de Querétaro derogar los artículos que penalizan el aborto, al considerar que vulneran derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar. Esa resolución fue impugnada tanto por el Congreso como por el Poder Ejecutivo estatal, por lo que el caso permanece detenido mientras el tribunal federal no resuelva. En otras palabras, el debate legislativo y los efectos jurídicos permanecen congelados por la falta de una sentencia definitiva.
La reflexión va más allá de este expediente. El propio artículo 17 de la Constitución establece que toda persona tiene derecho a una justicia pronta, completa e imparcial. Cuando los tiempos judiciales se prolongan sin explicación, el costo no sólo lo pagan quienes promovieron el juicio; también se erosiona la confianza ciudadana en las instituciones. Porque una sentencia tardía puede terminar teniendo el mismo efecto que una sentencia inexistente.

